Marieke Vervoort, atleta paralímpica belga que logró tres medallas en los JJOO de Londres de 2012, ha expuesto abiertamente la posibilidad de tomar la decisión de ejercer la eutanasia activa. La triatleta que compite en carreras de sillas de ruedas sufre una enfermedad degenerativa irreversible e incurable y será una de las 4.500 historias de superación de los atletas paralímpicos. Su caso sin duda es tan especial como singular, puesto que como declaró al periódico Le Parisien, pese a que la enfermedad no le ha impedido cumplir un gran sueño, ha comenzado a valorar seriamente ejercer el derecho a la eutanasia tras su participación en los Juegos Paralímpicos de Río 2016.

El derecho a morir dignamente

Hay que recordar que la eutanasia fue legalizada en Bélgica en el año 2002, su legislación permitió el derecho a elegir el momento de su muerte a todos aquellos enfermos sin opción de curación. Pacientes prácticamente desahuciados que llevan años luchando, sirviendo como sujetos experimentales a la ciencia, sometidos en muchos de los casos a tratamientos seriamente invasivos y de experimentación, con serios efectos secundarios y extremadamente inmunodeprimidos. Personas que hacen un servicio social de un valor incalculable para al resto de la humanidad en el estudio y la investigación, sin duda crucial para el futuro de la ciencia médica. Afectados por enfermedades degenerativas que padecen un sufrimiento físico o psíquico insoportable. Solo por la citada circunstancia bastaría para ganarse el derecho a decidir, pero las razones humanitarias son incluso de mayor peso.

Río, su último deseo

Foto: www.cabroworld.com

Vervoort ha declarado que Río es su último deseo y aunque la decisión no está tomada en firme, pone de manifiesto una realidad que debería revisarse seriamente en todos aquellos países en los que la eutanasia no se contempla y está ilegalizada. De hecho sería conveniente valorar la posibilidad de que el enfermo pudiera manejar una decisión, que sin duda le otorgaría paz y el poder de vivir intensamente hasta el momento en el que la situación psíquica o física le resultará del todo cruel e insostenible. De esta forma se evitarían sin duda situaciones de muertes violentas, autolesiones y dolorosos suicidios. Las estadísticas que se manejan en los países en los que no está correctamente legalizada la eutanasia sobre suicidios de personas que se precipitan por ventanas y balcones, o eligen muertes violentas, escandalizarían a cualquiera.

Buena muerte, eutanasia activa, pasiva…

A ningún ser vivo, mucho menos a los seres humanos, se les debe de negar el derecho a morir dignamente. Etimológicamente hablando, la eutanasia significa buena muerte, en el contexto que se suele producir en aquellos países en los que está legalizada, es la protección y legislación del derecho a morir en paz. En cambio en otros aquellos en los que la eutanasia no ha sido legalizada correctamente, el encendido debate ha producido múltiples interpretaciones sobre el concepto. La eutanasia activa legalizada en Holanda, Bélgica y Luxemburgo, es aquella en la que se acaba con la vida del paciente, empleando fármacos u otros medios. Existe también la eutanasia pasiva, y es aquella en la que se produce la suspensión de todo tratamiento, en casos de enfermos terminales. Procedimientos farmacológicos o médicos mecánicos que solo tienen como objetivo prolongar de forma artificial la vida del enfermo. Al producirse la supresión o suspensión de estos con el consentimiento de la familia o un testamento vital, se produce un tipo de eutanasia bastante habitual llevada a cabo por médicos en los hospitales. Unos profesionales de la medicina que tienen en su código deontológico como máxima la lucha por la vida del paciente, pero que deben reconocer el momento adecuado para paliar el sufrimiento y proporcionar una muerte digna a los enfermos. Otro tipo de eutanasia es la del suicidio asistido, cuando el paciente necesita de la intervención de un tercero para ejercerla. El caso del tetrapléjico gallego Ramón Sampedro (que no era un paciente terminal) es célebre en España y, es sin duda el tipo de eutanasia que más controversia genera, porque está tipificado como un delito en el Código Penal.

La eutanasia en España

Quizás la experiencia vital de Marieke Vervoort sirva para que en España se comprenda que ha llegado la hora de hablar de la muerte con naturalidad, pues en este campo hay que seguir avanzando y queda aún mucho por estudiar sobre una legislación vigente por revisar. Es cierto que con la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de los Derechos y Obligaciones en Materia de Información y Documentación Clínica, se produjo un paso adelante, pero a todas luces del todo insuficiente. Además no basta con el Registro de Voluntad Vital, el Testamento Vital, o lo que es lo mismo, la posibilidad de firmar de forma anticipada las voluntades en caso de padecer una enfermedad terminal. Regulando la limitación del esfuerzo terapéutico, prohibiendo el ensañamiento terapéutico y permitiendo a los pacientes rechazar un tratamiento que prolongue su vida de manera artificial. Sin duda se han dado algunos esperanzadores pasos, pero dependiendo de cada Comunidad Autónoma la ley cubre mayores márgenes de actuación legal. En este delicado campo queda mucho camino por recorrer y desafortunadamente tras la cortina legal siguen pesando demasiados tabúes religiosos e ideológicos. Demasiados frenos a lo que debería constituir un derecho fundamental del ciudadano, y un derecho inalienable del ser humano.

Artículo 143 del Código Penal

En el Estado español no se abordó la regulación de la eutanasia hasta 1995; cuando en el artículo 143 del Código Penal se tipificó la ley de la siguiente manera:

"El que induzca al suicidio de otro será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años al que coopere con actos necesarios al suicidio de una persona. Será castigado con la pena de prisión de seis a diez años si la cooperación llegara hasta el punto de ejecutar la muerte. El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro, por la petición expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a las señaladas en los números 2 y 3 de este artículo.”

Por tanto en España todo aquel que auxilie a un enfermo a la hora de tomar la decisión de la interrupción de su vida, será castigado según dicta el Código Penal. En caso de suicidio “eutanásico” la sanción oscila entre los seis meses y los dos años, mientras que en el caso de eutanasia, en un año y seis meses a seis años. Todo ello siempre que la acción del sujeto colaborador haya resultado imprescindible para que pueda llevarse a cabo el deceso voluntario del paciente. Es por tanto manifiestamente mejorable la legislación vigente en el territorio español en cuanto a lo que este campo corresponde, resultando del todo cruel y ambigua, provocando al enfermo una inseguridad y frustración que le aboca a cometer acciones y suicidios muy dolorosos tanto para la familia como para él propio finado. España tiene el deber de revisar y volver a legislar en este tema, dando pasos firmes hacia la despenalización de la eutanasia. Respecto a ello, el trabajo que está realizando la Asociación Federal DMD (Derecho a morir dignamente) es del todo encomiable.

Con una copa de champán en la mano

Recientemente con el caso de Andrea, la niña gallega de 12 años con una enfermedad irreversible, se reabrió en España el debate sobre cómo regular la muerte digna. Quedó manifiestamente demostrado que existen países que llevan años luz a España en este terreno. Por la citada razón el caso de Marieke Vervoort, es un excelente ejemplo para reflexionar y aprender. A Vervoort siempre le apasionó el deporte, llegó a coronarse bicampeona mundial de triatlón adaptado. Participó incluso en el ‘Ironman’ de Hawái, pero una enfermedad degenerativa que le fue detectada en 2008 la dejó postrada en una silla de ruedas. Su capacidad de superación le permitió seguir compitiendo en el deporte paralímpico, al punto de convertirse en una de las grandes estrellas del carrovelismo, el esquí sentado, y de las carreras en silla de ruedas.  En los Juegos de Londres, se hizo con el oro en los 100 metros y la plata en los 200 y 400 metros.  Proclamándose además campeona del mundo en Doha, donde batió récords en 400, 800, 1.500 y 5.000 metros. Marieke goza hasta el momento de cierta independencia física, pero los dolores que padece son terribles; además su limitada independencia es una circunstancia de la que en no demasiado tiempo carecerá, por lo que ha considerado seriamente la opción de la eutanasia. Es más ha llegado a declarar que en su funeral: "Quiero que todo el mundo tenga una copa de champán en la mano, y un pensamiento para mí."

Foto: www.hln.be

Vervoort ha conseguido vivir plenamente y en Río volverá a hacer realidad sus sueños, nadie como ella ha comprendido el valor de vivir con plenitud pese a los dolores físicos, las minusvalías y las crisis psicológicas que le han ocasionado la enfermedad a lo largo de todos estos años. La atleta belga es todo un ejemplo de cómo amar a la vida apasionadamente, por ello se ha ganado el derecho a elegir, a tomar una decisión de forma serena y reflexiva que le permita pasar al otro lado de una forma digna y apacible. Cuando el horizonte no existe y el deterioro se deviene de forma imparable, la crueldad toma posesión del paciente y de todo aquel que lo rodea. Una crueldad que en ciertos países tiene forma de ley e impide al ser humano hacer un último acto de amor, pues de qué otra forma se puede calificar el hecho de contribuir a que una persona pueda gozar de su libertad de vivir apasionadamente y morir dignamente.