Parece muy lejano, pero hace tan sólo 7 meses, el pasado 14 de marzo, el Gobierno de España decretaba el estado de alarma por el que se obligaba al confinamiento domiciliario de todos los ciudadanos para frenar la curva de contagios a causa de la pandemia del coronavirus. Por aquel entonces, términos como “estado de alarma” o “confinamiento”, no formaban parte de nuestro diccionario cotidiano.

Pues ayer, se celebraba un Consejo de ministros extraordinario por el cual el Gobierno anunciaba que decretaba un nuevo estado de alarma, pero muy diferente al del pasado marzo. De momento, la principal novedad es que no va a haber confinamiento domiciliario, eso sí, una de las principales novedades por la cual se ha decretado este nuevo estado de alarma es el toque de queda obligatorio entre las 23 de la noche y las 6 de la mañana en todo el país, excepto Canarias (cada comunidad autónoma puede adelantar o retrasar una hora esta medida).

El Gobierno prevé que esta situación se alargue hasta el próximo 9 de mayo, algo que pedirá esta semana en la Cámara baja, pero, como declaraba ayer Pedro Sánchez, “si la situación de la pandemia lo permite, el Gobierno de España levantará el estado de alarma sin demora”.

Entre las principales medidas destacamos: las autoridades delegadas serán los presidentes autonómicos y los territorios deberán tomar sus decisiones en cooperación con el Gobierno; la circulación estará prohibida entre las 23 y las 6 horas en toda España (exceptuando Canarias), en esa franja solo se podrá transitar por causas justificadas; las comunidades también podrán limitar la salida y entrada de sus territorios, total o parcialmente; las reuniones se podrán restringir a un máximo de seis personas.

Por último, el Gobierno pretende esta semana aprobar la prórroga del estado de alarma en el Consejo de Ministros para unos días después pedir al Congreso una extensión de seis meses, hasta el 9 de mayo.

“Dada la gravedad de la situación, la eficacia contrastada del estado de alarma, dada la petición mayoritaria de las comunidades para su entrada en vigor, solicito a los grupos parlamentarios que esta medida cuente con un abrumador respaldo. Lo exigen los ciudadanos para dar un horizonte de tranquilidad y certidumbre”, comentaba Sánchez.

El objetivo de esta medida, añadía el presidente, es alcanzar una “incidencia acumulada en los últimos 14 días por debajo de 25 casos por 100.000 habitantes”. En la actualidad, la media española de casos detectados por coronavirus son 362 casos.

Pero, ¿Cómo se puede declarar un nuevo estado de alarma? El Gobierno de España amparado en el poder que le otorga el artículo 116.2 de la Constitución, puede declarar el estado de alarma en todo o parte del territorio nacional cuando se produzca una alteración grave de la normalidad. En este caso, la crisis sanitaria provocada por la pandemia de la Covid-19.

El estado de alarma se declara por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de 15 días, dando cuenta al Congreso de los Diputados.

Habrá que ver cómo avanza la segunda ola de la pandemia de nuestro país y si como apuntan algunos expertos, estamos abocados a un segundo confinamiento. Por lo que ahora mismo, la vacuna más importante que tenemos es la responsabilidad individual: respetar las medidas de seguridad, distancia social y uso de mascarillas.